La Inquisición en España tuvo gran predicamento a partir de 1478, año en que los Reyes Católicos consiguieron del Papa Sixto IV mediante la Bula Exigit sincerae devotionis, la refundación del tribunal en Castilla, ampliado a la Corona de Aragón en 1481 (124) . Desde el siglo XIII hasta finales del XV, el Santo Oficio dependió de los obispos y actuó con moderación. Pero la expulsión de los judíos (1492) y de los moriscos (1609) planteó nuevos problemas (125) La alternativa era conversión o exilio. La mayor parte de estas minorías étnicas salieron de España permaneciendo fieles a sus creencias; el problema se recrudeció con la aparición de falsos conversos que habían sido bautizados, pero mantenían sus ritos y costumbres en el ámbito privado. Las mujeres, transmisoras principales de los hábitos familiares, jugaron un importante papel (126) .
Sinagoga del Tránsito (Toledo). Fachada
Respecto a los judíos que vivían en Sefarad (España en el idioma ladino) hubo una habitual enemistad con la mayoría de la población, que culminó en una ola de asesinatos en las aljamas en 1381.
Tras la expulsión de 1492, la mayor parte de los juzgados por la Inquisición eran judeoconversos. Concretamente entre 1481 y 1530 fueron procesadas unas 45.000 personas; el 90% de ellos eran cristianos nuevos con antecesores judíos, acusados de mantener sus antiguas costumbres religiosas (127).
Estudiando la información aportada por los tribunales de la península ibérica, R. García Cárcel ha podido determinar la proporción de mujeres judeoconversas en los siguientes tramos cronológicos:
1481-1530 47,1%
1531-1560 39,1%
1561-1620 41,8%
1621-1700 40,5%.
El mismo autor ha señalado el porcentaje de mujeres moriscas acusadas de mantener su fe islámica después del bautismo:
1481-1530 16,7%
1531-1560 41,2%
1561-1620 35,3%
1621-1700 36,4% (128).
Según B. Vincent, estudioso del problema de los falsos conversos procedentes del Islam, las mujeres eran elementos de resistencia pasiva ante la cultura e idiosincrasia cristianas y mantuvieron la llama encendida de la fe de sus padres en la clandestinidad ya que "la mujeres moriscas desempeñaron un papel fundamental en la supervivencia del Islam"(129) .
Según este autor, entre 1561 y 1620, el 35,3% de los acusados de islamismo son mujeres.
Existen también algunos datos parciales sobre las mujeres moriscas condenadas por el Santo Oficio en algunos tribunales concretos:
Tribunal de Valencia | 27% |
Tribunal de Zaragoza | 30,8% |
Tribunal de Cuenca | 35% (130). |
En definitiva, las mujeres conversas tuvieron gran peso específico en la permanencia religiosa de las minorías judía e islámica.